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Del Tribunal Arbitral
Artículo 71 - Funciones:
El Tribunal Arbitral tendrá las siguientes funciones:
- Dirimir por medio del arbitraje las cuestiones o diferendos que pudieren suscitarse en las relaciones de Cámaras entre sí, de miembros individuales o de autoridades nacionales.
- Velar por la observancia de una ética junior y juzgar todos los casos de inconducta que fueren llevados a su conocimiento.
Artículo 72 - Constitución:
La forma de constitución de este Tribunal, así como también las normas de procedimiento a que estará sujeto, serán determinadas por el reglamento.
Artículo 73 - Validez de resoluciones:
Las resoluciones del Tribunal serán de carácter inapelable y de cumplimiento obligatorio para las partes.