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Delegaciones y Candidaturas Internacionales

Artículo 61 - Delegaciones:

La representación argentina a las reuniones multinacionales, conferencias JCI y congresos mundiales estará presidida por el Presidente de esta Cámara Junior de Argentina o por la persona que designe en su reemplazo, y constituida por los delegados titulares que nombre el Presidente y por los observadores que acepte en tal carácter.

Candidaturas.

Artículo 62 - Presentación:

Todas las Cámaras Locales Miembros-Activos y Hábiles que estén en condiciones de proponer candidatos para optar a cargos electivos en el orden internacional lo harán por escrito dirigiéndose al Presidente, con copia a todas las Cámaras Locales Miembros y funcionarios nacionales, debiendo recibirse por lo menos ciento veinte días antes de la fecha de iniciación del respectivo evento internacional. Deberán suministrar la más completa información sobre la actuación juniorística y toda clase de antecedentes que pudieran resultar de utilidad.

Artículo 63 - Selección:

Cuando para cada cargo internacional no se presentare más que un precandidato, se podrá votar por correo. Si para algún cargo hubiere más de un precandidato, se llamará a reunión al C.D., procediendo a la elección. Podrán designarse más de un candidato para Director de Comisión JCI o Vicepresidente JCI.

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