Newsletter Aerolatino-Geba | Manual Junior | Tercera Parte Estatutos | Normas de trabajo para Funcionarios Nacionales
Secretario
Artículo 54 - Estatutos:
Serán obligaciones del Secretario:
- Asistir permanentemente al Presidente.
- Redactar las actas.
- Llevar la correspondencia.
- Cuidar del archivo.
- Refrendar la firma del Presidente.
- Ocuparse de la impresión del material a cargo de la Secretaría.
- Dirigir y supervisar la labor del personal rentado.
Normas:
- Asistirá al Presidente en todos los actos oficiales, imponiéndole de los antecedentes y elementos vinculados con la cuestión en tratamiento o en debate.
- Redactará las actas y documentos emanados de los eventos que dirija el Presidente, salvo que por disposiciones expresas de las reglamentaciones la tarea corresponda a otro funcionario, en cuyo caso la supervisará.
- Atenderá la correspondencia con la máxima diligencia. Organizará el archivo habilitando una carpeta especial para cada corresponsal y una general de correspondencia enviada.
- En la correspondencia y demás documentos oficiales refrendará con su firma la del Presidente. En cumplimiento de expresas instrucciones de carácter general o particular, podrá remitir comunicados o circulares a funcionarios u organismos juniors.
- Atenderá las relaciones con la Secretaría Permanente, que tendrá a su cargo el archivo general de la Cámara Junior de Argentina, recopilación de antecedentes y clasificación de los mismos. solicitará de dicho organismo los elementos que sean necesarios al Presidente para el desempeño de su función.
- Atenderá la labor de la secretaría rentada y funcionarios dependientes de la Secretaría, dirigiendo los trabajos y supervisándolos.
- Organizará la actividad de la Secretaría, dividiendo las funciones en los siguientes departamentos: Correspondencia, Archivo, Actas, Suministros, Difusión y Prensa y Programas.
- Designará los encargados de dichos departamentos.
- Supervisará la publicación de la revista nacional.
- Preverá la organización de los eventos y su desarrollo. Hará los arreglos necesarios con las autoridades encargadas de los mismos, observando lo atinente a la participación del Presidente y demás funcionarios de la Cámara Junior de Argentina.
- Hará los arreglos relativos a las visitas del Presidente a funcionarios públicos, autoridades y capítulos locales.
- Asistirá a todos los actos oficiales de los que participe el Presidente, salvo impedimento.
- Confeccionará los órdenes del día, con minutas explicativas conforme a las instrucciones que al efecto imparta el Presidente.